Si te interesa aprender más sobre el asilo político en los Estados Unidos, es importante que domines algunos términos básicos. Desde “asilo político” hasta “temor creíble”, en este blog te compartimos lo que debes saber.
Asilo Político
El asilo político es una medida con la que el gobierno de los Estados Unidos protege a las personas que corren peligro de sufrir persecución en sus países de origen por alguno de los siguientes motivos:
- Raza
- Religion
- Nacionalidad
- Pertenencia a un grupo social en particular
- Opinion politica
Aviso de Intención de Negación (NOID)
Un aviso de intención de negación (o NO, por sus siglas en inglés) es un documento emitido por el Servicio de Ciudadanía e Inmigracion de los Estados Unidos (USCIS) cuando un oficial de inmigracion determina que una persona no cumple con los requisitos de elegibilidad para el asilo.
Si la persona no responde al NOID dentro del plazo establecido, o si responde, pero el oficial de inmigracion determina que la persona sigue sin superar los motivos de denegación incluidos en el NOID, entonces la persona recibirá una denegación definitiva.
Causa Justa / Circunstancias Excepcionales
“Causa justa” y “circunstancias excepcionales” son dos conceptos que es necesario tener en mente cuando deseas cambiar la fecha de tu entrevista de asilo o cuando por algún motivo no puedes asistir a la entrevista.
Causa justa. Debes demostrar una causa justa para reprogramar tu entrevista en los siguientes casos:
- Si necesitas cambiar la fecha antes de la fecha acordada o el mismo día de la entrevista.
- Si deseas cambiar la fecha en los 45 días posteriores a la fecha programada.
- Si tu entrevista ha sido reprogramada en más de una ocasión.
Circunstancias excepcionales. Esto es lo que debes probar si han pasado más de 45 días desde la fecha original de tu cita de asilo y deseas programar. Solo se contemplan tres casos como circunstancias excepcionales:
- Agresión o crueldad extrema hacia ti, tu hijo o padre/madre.
- Si tu cónyuge, hijo o padre/madre está gravemente enfermo.
- Muerte de tu cónyuge, hijo, o padre/madre.
Temor Creíble
Para que a una persona se le conceda el asilo, un oficial de asilo debe determinar que esa persona esta bajo un “temor creible” de persecucion o tortura en su pais de origen.
Es importante tener en mente que en caso de que el oficial de asilo determine que tu no sufres temor creíble de persecución, es posible solicitar que un juez de inmigracion revise tu caso.
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